Certificado de estar al corriente con Hacienda: cómo pedirlo

Actualizado el 22 de septiembre de 2026

Te lo piden para una subvención, para una licitación, para un alquiler o para que el banco te dé financiación. Y siempre con prisa. La buena noticia es que, si no tienes deudas, se emite al momento y es gratis.

En una frase

Es un certificado tributario que emite la Agencia Tributaria acreditando que, a una fecha concreta, has presentado tus declaraciones y no tienes deudas tributarias pendientes en vía ejecutiva.

Quién puede pedir el certificado de estar al corriente

Cualquier contribuyente, en nombre propio o en representación de un tercero. Para la vía online necesitas identificarte con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Si no tienes ninguno, empieza por nuestra guía de cómo sacar el certificado digital, porque sin identificación electrónica este trámite se te complica bastante.

Cómo se hace, por internet

Es la vía más rápida y la única en la que el certificado puede emitirse de forma inmediata.

  1. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  2. Ve a «Todas las gestiones» → «Certificados» → «Situación tributaria».
  3. Identifícate con Cl@ve, certificado o DNIe.
  4. Elige el tipo de representación: en nombre propio, o en representación de terceros (en ese caso tendrás que consignar los datos del titular).
  5. Marca el tipo de certificado que necesitas. Este paso es el importante, y lo explicamos justo debajo.
  6. Selecciona la fecha y envía la solicitud.

Elige bien el tipo: no todos valen para lo mismo

Aquí es donde falla mucha gente y tiene que repetir el trámite. La AEAT no emite un certificado genérico único: te hace marcar para qué lo quieres, y cada finalidad genera un documento distinto. Las opciones son:

  • Contratar con el sector público
  • Autorizaciones de transporte
  • Subvenciones públicas
  • Autorizaciones de trabajo o residencia para extranjeros
  • Genérica

Pregunta a quien te lo pide cuál necesita exactamente antes de solicitarlo. Presentar el tipo equivocado es motivo de que te lo devuelvan.

Las otras dos vías

  • Presencial: en la Administración o Delegación de la AEAT, pidiendo cita previa.
  • Por teléfono: también con cita; la Agencia te llama al número que indiques para tramitar la solicitud.

Cuánto tarda y cuánto vale

El certificado es gratuito. Por la sede electrónica suele obtenerse en el momento si tu situación está limpia. El plazo legal máximo del que dispone la Agencia para expedirlo es de 20 días desde la solicitud.

Cuánto tiempo sirve

Los certificados tributarios son válidos durante 12 meses desde su expedición cuando se refieren a obligaciones periódicas, y 3 meses cuando se refieren a obligaciones no periódicas.

Dicho esto, el certificado es una fotografía de tu situación el día en que se emite. Si entre la emisión y la entrega te notifican una providencia de apremio o vence una declaración, puede dejar de reflejar la realidad. Pídelo cerca de la fecha en que lo vas a presentar, no con meses de antelación.

El CSV: cómo se comprueba que es auténtico

Junto a la firma electrónica, el documento lleva un Código Seguro de Verificación (CSV). Con ese código, cualquiera puede entrar en la sede de la Agencia Tributaria, en el apartado de cotejo de documentos, y comprobar el contenido y la autenticidad del certificado en cualquier momento.

No hace falta que imprimas ni compulses nada: el PDF con su CSV es el documento válido.

Errores frecuentes

  • Marcar el tipo de certificado equivocado. El más común con diferencia.
  • Confundirlo con el certificado de la Seguridad Social. Son documentos distintos que emiten organismos distintos, y a veces te piden los dos.
  • Confundirlo con un certificado de deudas. No es lo mismo.
  • Pedirlo con demasiada antelación y que llegue caducado o desactualizado al trámite.
  • No revisar antes si tienes declaraciones sin presentar. Si las hay, el certificado sale negativo. Mejor comprobarlo antes que enterarte cuando ya has entregado el papel.

Dónde se hace de verdad

Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento fiscal. La emisión, validez y requisitos concretos dependen de la Agencia Tributaria y de la normativa vigente en el momento de la solicitud.